Agua que No has de beber.. porque no hay mucha, porque tiene arsénico, o porque tiene algas

Desde hace ya bastante tiempo, vivir en Bahía Blanca implica recordar constantemente la escasez de agua que afecta a la ciudad, es percibir que no se han puesto en práctica soluciones efectivas que estén a la altura del problema, ya que todo el accionar es meramente declarativo y la única salida posible, parecería ser la de esperar que ocurra el milagro de una serie de lluvias copiosas que reemplacen el diseño de una política pública adecuada para la resolución del conflicto.

Pero la débil presencia del estado, no se da sólo en cuanto a la falta de control en la forma de distribución, almacenamiento y potabilización del recurso hídrico, sino que también atañe a la pasividad con la que se atienden o se deja que trasciendan hechos como los que cobraron notoriedad en éstos últimos días (y que contribuyen al incumplimiento de mandas contenidas en pactos internacionales y constitucionales, tal como veremos a continuación): vecinos manifestando y evidenciando que el agua que consumen contiene cantidades notorias de algas y por otro lado, estudios que demuestran que en el partido de Villarino las dosis de arcénico que contiene el agua que se cobra como potable, son altamente superiores a las que el organismo humano puede tolerar, sin ver peligrar su buen estado de salud.

La ONU, organismo internacional del que Argentina es parte, ha declarado el Derecho al agua potable y saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida  y de todos los derechos humanos, y por otro lado, según estimaciones de la OMS el 80% de las enfermedades se transmiten a través de aguas contaminadas.

Este derecho humano al agua, debe conjugarse necesariamente con el derecho que todos los habitantes tienen a la salud. En este sentido, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, establece que el contenido mínimo del derecho a la salud incluye: el de contar con entornos naturales saludables y el deber de velar por el suministro adecuado de agua limpia potable y la creación de condiciones sanitarias básicas, entre otras condiciones.

A nivel nacional, nuestra Carta Magna en su artículo 41 es clara en cuanto al derecho de todos los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes, sin comprometer la de las generaciones futuras. Mas adelante dice que las autoridades proveerán a la protección de éste derecho, y a la utilización racional de los recursos. En el mismo sentido se pronuncia la constitución provincial.

No pueden dejarse de lado las disposiciones del código de aguas de la provincia de Buenos Aires, que instituye la creación de la autoridad del agua y le atribuye múltiples actividades a su cargo tendientes a la correcta preservación y adecuado manejo de este elemento vital.

Como se ve, contamos con demasiadas letras que lamentablemente no logran convertirse en acciones y esta realidad no parece afligir a muchos, ni siquiera a los propios afectados, ya que se advierte que la problemática no causa en la población en general, la preocupación que debería provocar, si la educación y la información en materia ambiental se transmitiese de manera efectiva.

Oportuno resulta entonces no claudicar en la tarea de generar conciencia, y de difundir investigaciones científicas como la realizada en el 2009 por el Departamento de Biología de la Universidad Nacional del Sur que analizó las causas que llevan al surgimiento de algas en uno de los mayores reservorios de agua potable como es el embalse Paso de las Piedras. Se detalla que es el accionar del hombre el que puede llevar a que eso ocurra, y que las proloferaciones de microalgas pueden causar desde olores y sabores desagradables, hasta la producción de toxinas. Como principal causa se menciona a la contaminación química, más precisamente por la contaminación de carácter agropecuario. 

El consumo de agua con algas, puede ser causante de casos de gastroenteritis -cuya denuncia  se ha incrementado- y también alergias cutáneas que afloran cuando se usa el agua para aseo personal; pero más grave es la exposición a aguas con arsénico, que puede provocar lesiones en la piel, y generar cáncer tanto en éste órgano, como también de vejiga y de pulmón, por causa de una intoxicación llamada hidroarsenicismo crónico regional endémico. Lamentablemente Argentina es uno de los países con mayor cantidad de población expuesta, distribuida en 16 provincias y que llega a la suma de cuatro millones de personas que están en riesgo de enfermar o morir por esta causa.

Estará entonces -aunque de forma inapropiada- en manos de los sectores poblacionales con recursos suficientes el poder protegerse de la contaminación que reciben. Los segmentos más carenciados no podrán estar a salvo, debido a que desafortunadamente no contamos con gobernantes ni con dirigentes políticos para quienes la protección de la salud y del ambiente sea una prioridad en su agenda de trabajo. Es imperioso instalar la exigencia de que nuestros representantes ocupen la función pública con la debida capacitación de las dificultades socioambientales a superar,  porque el contar con un ambiente sano, es un derecho, pero también un deber a cargo nuestro, que se haga respetar.

Yanina Palacio




Fuentes:infouniversidades.siu.edu.ar , página de la ONU, diario Clarín, La Nación, Frente a Cano y horadeinformarse.com.ar



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